Fase II de los Planes de Actuación COVID-19 para medidas de autorrefuerzo y refuerzos externos
Reclamamos que la Fase II de los Planes de Actuación sea negociada con las organizaciones sindicales
15 ene 2021
Archivado en: Coronavirus, Ministerio de Justicia, Negociación, Refuerzos
Fase II de los Planes de Actuación COVID-19 para medidas de autorrefuerzo y refuerzos externos
CCOO solicita que Médicos Forenses, Cuerpos especiales del INTCF y Auxiliares de Autopsia sean vacunados junto con el personal sanitario
11 ene 2021
Archivado en: CCOO, Coronavirus, Forenses, INTCF, Médicos Forenses
- Vacunación contra el COVID-19 de M. Forenses, Cuerpos Especiales del INTyCF y Auxiliares de Autopsia
CCOO SOLICITA AL MINISTERIO DE JUSTICIA Y A LA DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD PÚBLICA LA ASIMILACIÓN DEL PERSONAL MÉDICO FORENSE, DE LOS CUERPOS ESPECIALES DEL INSTITUTO NACIONAL DE TOXICOLOGÍA Y AUXILIARES DE AUTOPSIA AL PERSONAL SANITARIO A EFECTOS DE LA DISPENSACIÓN DE LA VACUNA CONTRA EL COVID-19
CCOO hemos comunicado por escrito al Ministerio de Justicia y la autoridad sanitaria que el personal funcionario de los Cuerpos de Médicos Forenses y Facultativos, Técnicos de Laboratorio y Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y el personal laboral de la categoría profesional de Auxiliar de Autopsia, dadas sus funciones, se encuentra expuesto a un riesgo de contagio por coronavirus superior a la población general, siendo estos riesgos equiparables a los del personal sanitario
En concreto, el personal del Cuerpo de M. Forenses y de la categoría de Auxiliar de Autopsia, tanto por los continuos reconocimientos médicos y levantamientos de cadáver en el caso del primer colectivo y por la realización o intervención en la práctica de autopsias en ambos casos, que pueden suponer contactos directos con personas contagiadas, CCOO entendemos que debe ser equiparado al grupo 2 (Personal sanitario de primera línea) según el orden de priorización establecido en el documento del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud Estrategia de Vacunación frente a COVID-19 en España de 2 de diciembre de 2020
En cuanto al personal de los cuerpos especiales del INTyCF, el manejo continuo de muestras susceptibles de estar infectadas por el SARS-COV-2, especialmente en los servicios de Histopatología, Química y Drogas y Biología, justifica, a juicio de CCOO, su equiparación al grupo 3 (Otro personal sanitario y sociosanitario) en el mencionado orden de priorización en la dispensación de vacunas
Por todo ello CCOO hemos solicitado que desde el Ministerio de Justicia se gestione ante las autoridades sanitarias la inclusión de los colectivos de Médicos Forenses y Auxiliares de Autopsia en el Grupo 2 y al colectivo de cuerpos especiales del Instituto Nacional de Toxicología en el Grupo 3 de los establecidos como prioritarios en la Estrategia de Vacunación frente a COVID-19 en España, garantizándoles la dispensación de la vacuna en los mismos plazos que se establezcan para el personal sanitario de ambos grupos
CCOO exige garantías e información del procedimiento de vacunación contra el COVID 19 del colectivo de mutualistas de MUGEJU
16 dic 2020
Archivado en: Coronavirus, MUGEJU, Mutualidad
Vacuna contra el COVID-19 para el personal mutualista de Mugeju adscrito a entidades médicas privadas
CCOO SOLICITA A LA MUGEJU Y A LAS AUTORIDADES SANITARIAS QUE SE GARANTICE LA VACUNACIÓN PARA TODO EL COLECTIVO MUTUALISTA Y BENIFICARIO Y QUE SE DEN CLARAS INSTRUCCIONES Y DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO PARA DETERMINAR DÓNDE SE REALIZARÁ LA VACUNACIÓN, SI EN LOS CENTROS DE ATENCIÓN DE LAS ENTIDADES MÉDICAS PRIVADAS O EN LOS CENTROS DE ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SANIDAD PÚBLICA
CCOO exige que con la dispensación de las vacunas no se produzcan situaciones como las que están aconteciendo en la atención médica, seguimiento de contactos estrechos y realización de test durante la pandemia en las que, en demasiadas ocasiones, el personal de Mugeju adscrito a la sanidad privada no ha sido debidamente atendido ni por las entidades médicas ni por la sanidad pública
CCOO nos hemos dirigido a la dirección de Mugeju y a los responsables sanitarios públicos estatales y de todas las Comunidades Autónomas para que, en relación con el colectivo mutualista y beneficiario de Mugeju que recibe la asistencia sanitaria de las entidades médicas privadas, se establezca con claridad:
1.- Si la vacunación contra el COVID 19 se realizará en los centros de atención primaria de la sanidad pública o en los centros asistenciales de las entidades médicas privadas
2.- Si este colectivo de mutualistas recibirá cita previa cuando sea vacunado el grupo de población de riesgo al que pertenezcan o deberá solicitar dicha cita en el centro asistencial que corresponda
Asimismo, hemos solicitado que se den instrucciones claras y de obligado cumplimiento a las entidades médicas privadas o a los organismos responsables de los centros públicos de atención primaria (según corresponda) para que el personal de Mugeju sea atendido y vacunado con las mismas garantías y en los mismos plazos que quienes pertenecen al régimen general de la Seguridad Social
ESCRITO DE CCOO AL MINISTERIO DE SANIDAD
Creación de los Juzgados COVID-19
2 dic 2020
Archivado en: Coronavirus, Juzgados, Planta Judicial
CCOO considera necesario el estado de alarma para otorgar seguridad jurídica y pide que se refuercen los sistemas públicos sanitarios para doblegar la pandemia
25 oct 2020
Archivado en: CCOO, Coronavirus, Estado de Alarma
CCOO considera necesario el estado de alarma para otorgar seguridad jurídica y pide que se refuercen los sistemas públicos sanitarios para doblegar la pandemia
Emplazamos al Gobierno de España a que fije los criterios sanitarios y epidemiológicos necesarios, y al conjunto de CCAA a trabajar, en el ejercicio de sus competencias, de forma coordinada con el único objetivo de contener la propagación del virus
CCOO hace un llamamiento al uso de las mascarillas en todo momento en los centros de trabajo como medida imprescindible para garantizar la seguridad contra la Covid 19
25 sept 2020
Archivado en: CCOO, Coronavirus, Salud laboral
¿POR QUÉ EL USO EN TODO MOMENTO DE LAS MASCARILLAS EN LUGARES CERRADOS Y EN LOS CENTROS DE TRABAJO ES UNA MEDIDA IMPRESCINDIBLE DE SEGURIDAD CONTRA LOS CONTAGIOS POR LA COVID 19?
CCOO HACE UN LLAMAMIENTO PARA QUE EN TODOS LOS CENTROS DE TRABAJO DE LA ADMINISTRACIÓN SE UTILICEN LAS MASCARILLAS EN TODO MOMENTO PARA PREVENIR CONTAGIOS Y GARANTIZAR LA SALUD DE TODAS LAS PERSONAS
NO PODEMOS OLVIDAR QUE, POR SUS TAREAS Y FUNCIONES, MUCHAS PERSONAS DE LOS CUERPOS GENERALES Y ESPECIALES, Y DEL PERSONAL LABORAL, TIENEN QUE DESPLAZARSE DE UN CENTRO A OTRO CONSTANTEMENTE, POR LO QUE TODOS TENEMOS OBLIGACIÓN DE VELAR POR LA SALUD DE TODAS LAS PERSONAS
En la Administración de Justicia, como en el resto de las administraciones, no solo hay que garantizar la distancia de seguridad (en algunas comunidades 2 metros entre personas en los centros de trabajo), sino que hay que utilizar la mascarilla en todo momento. Así lo establece la normativa general de las autoridades sanitarias para todos los centros de trabajo, con algunas diferencias entre CCAA
¿Por qué hay que utilizar la mascarilla durante toda la jornada laboral? Porque no se puede garantizar la distancia de seguridad de 2 metros entre personas por muchas razones: porque habitualmente nos tenemos que levantar de nuestros puestos de trabajo para realizar tareas fundamentales, como ir a la fotocopiadora, o a la impresora, para preguntar algo a un compañero/a, para acudir al despacho del responsable de la oficina judicial, para ir al baño…
Pero además, todas las personas que prestamos servicios en la Administración de Justicia debemos garantizar el uso de las mascarillas para no poner en riesgo tampoco la salud de las personas cuya función es acudir todos los días a los órganos judiciales a repartir documentación, en especial el cuerpo de Auxilio Judicial y el personal laboral, pero no solo, pues otras muchas personas del resto de cuerpos también tienen que desplazarse muchas veces por las diferentes dependencias judiciales
Luego desde CCOO, y más tras el alarmante crecimiento de expansión del virus en toda España, pero especialmente en algunos ámbitos y CCAA, además del resto de medidas de seguridad que exigimos y seguimos exigiendo al Ministerio de Justicia, hacemos de nuevo un llamamiento a todos los compañeros y compañeras a usar la mascarilla en todo momento en nuestros puestos de trabajo
Publicada en el BOE la Ley de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia
19 sept 2020
Archivado en: Boe, Condiciones de Trabajo, Coronavirus, Legislación
Hoy se ha publicado en el BOE la ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia
Aprobada la Ley para hacer frente al COVID-19 en la Administración de Justicia
16 sept 2020
Archivado en: Condiciones de Trabajo, Congreso, Coronavirus, Horario, Jornada, Legislación, movilidad
Este Real Decreto-Ley, que contenía medidas tales como la jornada de tarde, la movilidad forzosa dentro del municipio o la habilitación del mes de Agosto, ha sido modificado en su tramitación urgente como Proyecto de Ley mediante enmiendas en el Congreso y en el Senado, desoyendo el Ministerio de Justicia y los grupos parlamentarios las principales propuestas que CCOO les habíamos solicitado
Estas medidas, que permanecen con la misma redacción que en el RD Ley 16/2020 fueron duramente contestadas por CCOO (Ver las siguientes notas informativas)
24 de abril - CCOO no aceptara imposiciones del ministro de Justicia que no garanticen por encima de todo la salud del personal de Justicia
26 de abril - CCOO vuelve a exigir al ministerio de justicia la negociación colectiva para que la jornada de tarde y la movilidad sean siempre voluntarias y se garanticen los medios de protección
29 de abril - El ministro Campo consuma su desprecio al derecho a la negociación colectiva y al personal de Justicia
CCOO se pone como siempre a disposición de todo el personal de Justicia para evitar la movilidad y jornadas de tarde forzosas cuando se intente llevar a cabo por algún/a responsable judicial o de la Administración
Nota de MUGEJU sobre las pruebas PCR en caso de síntomas o contacto estrecho en el COVID-19
7 sept 2020
Archivado en: CCOO, Coronavirus, MUGEJU, Mutualidad
La MUGEJU atiende la reclamación de CCOO y publica en su web las pautas a seguir en relación con el coronavirus en caso de síntomas o contacto estrecho
La nota, publicada hoy en este enlace, establece lo siguiente:
CCOO DENUNCIARÁ A LAS ENTIDADES MÉDICAS PRIVADAS QUE SE NIEGUEN A AUTORIZAR EL PCR EN LOS CASOS SOSPECHOSOS DE INFECCIÓN
Esta competencia de vigilancia epidemiológica NO CORRESPONDE A LAS EEMM sino que debe ser realizada por los Servicios de Salud Pública de las CC.AA y comprende el estudio y seguimiento de los contactos estrechos que sigue el procedimiento que haya establecido cada CC.AA según los casos, incluyendo la realización, en su caso, de las pruebas de diagnóstico procedentes (PCR) a cargo del Servicio Público de Salud de la CCAA
Si en el transcurso de la vigilancia realizada por un Servicio Público de Salud de una CC.AA, el /la mutualista desarrolla síntomas, el caso se transforma en un caso sospechoso cuyo manejo corresponderá desde ese momento a la Entidad Médica. Del mismo modo, si el resultado de la prueba PCR realizada por los servicios de salud pública es positivo, el contacto pasa a ser considerado caso confirmado con infección activa, se iniciará aislamiento en el domicilio y su manejo corresponderá a la Entidad Médica
1.- EN CASO DE SINTOMAS COMPATIBLES CON EL COVID-19 U OTRAS SINTOMATOLOGÍAS ATÍPICAS
- Llama por teléfono de forma urgente a tu médico o centro asistencial de urgencias para una consulta telemática o presencial
- Exige la prescripción de la PCR en casos de infección respiratoria aguda, fiebre, tos o sensación de falta de aire
- Una vez prescrita la PCR ponte en contacto con tu entidad médica para que te indiquen el centro donde realizarla y solicita la autorización. (Por ahora, si te deniegan la autorización para la PCR, puedes hacértela a tu costa y reclamar su importe a la Comisión Mixta Nacional de la MUGEJU)
2.- EN CASO DE CONTACTO ESTRECHO DURANTE MÁS DE QUINCE MINUTOS CON PERSONAS QUE RESULTEN CONTAGIADAS
- Comunícalo a los servicios públicos de salud de tu CCAA y procede, en cuanto a medidas de confinamiento y realización de la PCR, siguiendo sus indicaciones
- Si desarrollas síntomas con posterioridad acude a tu médico o centro de urgencias de tu entidad médica
- Si el resultado de la PCR practicada por los servicios públicos de salud fuese positivo acude igualmente a tu médico o centro de urgencias de la entidad médica
Y RECUERDA: ANTE CUALQUIER CIRCUNSTANCIA PUEDES PONERTE EN CONTACTO CON LOS/AS DELEGADOS DE CCOO EN LOS TELÉFONOS QUE FIGURAN EN EL SIGUIENTE ENLACE: http://www.ccoojusticia.com/p/contacto.html
El enlace a la información de la MUFEJU lo encontrarás en: https://www.mugeju.es/sites/default/files/archivos/asistencia_sanitaria/Criterios_tests_COVID.pdf
CCOO exige a la MUGEJU la prueba PCR gratuita cuando haya prescipción médica
4 sept 2020
Archivado en: Coronavirus, MUGEJU, Mutualidad
Asistencia de MUGEJU al personal con síntomas de COVID-19 o que haya estado en contacto estrecho
17 ago 2020
Archivado en: Coronavirus, MUGEJU, Mutualidad
- Si está adscrito al servicio público de salud de la Comunidad autónoma, póngase en contacto con los teléfonos habilitados por la Comunidad autónoma y siga sus instrucciones. (Ver teléfonos más abajo).
- Si está adscrito a una Entidad Médica privada, póngase en contacto con el teléfono del Centro de coordinación de urgencias de su entidad Médica, para que evalúen su situación, practiquen las pruebas de detección del coronavirus que procedan y hagan el seguimiento de su situación. (Ver teléfonos más abajo).
| Comunidad Autónoma | Teléfono de información |
|---|---|
| Andalucía | 955.545.060 |
| Aragón | 976.696.382 |
| Asturias | 900.878.232 / 984.100.400 / 112 |
| Canarias | 900.112.061 |
| Cantabria | 900.612.112 |
| Castilla La Mancha | 900.122.112 |
| Castilla León | 900.222.000 |
| Cataluña | 061 |
| Ceuta | 900.720.692 |
| C.Madrid | 900.102.112 |
| C.Valenciana | 900.300.555 |
| Extremadura | 112 |
| Galicia | 900.400.116 |
| Islas Baleares | 061 |
| La Rioja | 941.298.333 |
| Melilla | 112 |
| Murcia | 900.121.212 |
| Navarra | 948.290.290 |
| País Vasco | 900.203.050 |
| Teléfono de urgencias | Teléfono de información | Página WEB. | |
|---|---|---|---|
| ASISA | 900.900.118 | 902.010.010 | www.asisa.es |
| CASER | 900.342.234 | 901.332.233 | www.caser.es |
| DKV | 900.300.799 | 902.499.600 | www.dkvseguros.com/mugeju |
| MAPFRE | 900.122.122 | 902.204.060 | www.mapfre.com/salud |
| NUEVA MUTUA SANITARIA | 800.654.365 | 91.290.8075 | www.nuevamutuasanitaria.es/ |
| SANITAS | 900.842.025 | 902.500.742 | www.sanitas.es/mugeju |
| SEGURCAIXA-ADESLAS | 900.322.237 | 902.200.200 | www.adeslas.es |
CCOO exige al Ministerio de Justicia un documento con propuestas concretas que incluyan 600 equipos de refuerzo, el sistema de su cobertura, voluntaria y negociada, y las retribuciones
26 jun 2020
Archivado en: Coronavirus, Negociación, Refuerzos
- Primera reunión con el Ministerio de Justicia sobre los planes de actuación para la recuperación en la Administración de Justicia. El Ministerio asegura que remitirá un documento para la negociación hoy mismo y la reunión continuará el lunes 29 de junio a las 10 horas.
A la espera del documento que nos anuncia nos va a remitir hoy mismo, el Ministerio de Justicia ha informado de sus propuestas para la recuperación de la Administración de Justicia en los próximos meses. Estas son sus líneas esenciales de su propuesta:
- Para la primera fase de este plan (septiembre- diciembre de 2020) se considera necesario reforzar todos los órganos judiciales de la jurisdicción social y los especializados en materia mercantil que superen, en la media del partido, el 130 % del módulo de carga de trabajo establecido por el Consejo General del Poder Judicial con medidas de auto refuerzo.
- Se reforzarán además con refuerzos externos los órganos que superen el 200 % del módulo y aquellos que, sin llegar a este nivel, excedan del 130 % de pendencia.
- Las medidas de auto refuerzo consistirán en el establecimiento de un programa concreto de actuación por objetivos para un juez, un LAJ, dos funcionarios (Gestor o Tramitador) y un Auxilio Judicial por órgano.
- Las medidas de refuerzo externo consistirán en el nombramiento de equipos consistentes en un juez, un LAJ (social) o uno por cada dos jueces (mercantil), dos Gestores y dos Tramitadores, así como un Auxilio Judicial por cada cuatro equipos, y se encontrarán vinculadas a la resolución de asuntos urgentes (social) y reclamaciones de transporte aéreo (mercantil). Y su jornada será la ordinaria.
- Al no haber fuentes fiables del atraso en las jurisdicciones social y mercantil, determinan que los datos se irán actualizando cada dos meses. Es decir, en el mes de octubre se actualizarán para determinar si más órganos necesitan de medidas de refuerzo.
- La segunda fase comenzará el 1 de enero de 2021 e incluirá además medidas de refuerzo para la jurisdicción contenciosa.
- Las medidas se plantean para todas las CCAA transferidas o no, y es un marco de mínimos que puede ser incrementado en cada uno de los ámbitos.
- Este plan que propone el Ministerio de Justicia no agota otro tipo de medidas como la puesta en marcha de nuevos órganos judiciales extraordinarios en las jurisdicciones social y mercantil preferentemente, así como modificaciones legales en materia mercantil, sin descartar otras modificaciones.
- No se harán transformaciones de órganos judiciales, como Juzgados de Primera Instancia o mixtos en Mercantiles, sin previa negociación.
CCOO ha advertido, con carácter previo, lo siguiente:
- Hemos exigido al Ministerio de Justicia que nos dé traslado por escrito de su propuesta que incluya además las retribuciones que se proponen, así como el método para la cobertura de las plazas de los refuerzos externos, que debe ser de carácter voluntario. Este documento tiene que incluir también la anulación de las circulares sobre vacaciones, volviendo al sistema hasta ahora vigente, pues no solo es una modificación unilateral de las condiciones de trabajo sino que además es contradictorio con los planes de refuerzo que se nos traslada.
- Además hemos demandado que el incremento del complemento específico del ámbito no transferido hasta acercarlo al de las CCAA transferidas es una reclamación justa que mantenemos y que seguimos reclamando.
La propuesta de CCOO sobre la recuperación en la Administración de Justicia tiene los siguientes ejes:
1.- CON CARÁCTER PREVIO SE DEBE DETERMINAR EL ESTADO DE LA SITUACIÓN
Con el fin de determinar las prioridades para establecer planes de actuación, por los responsables de cada órgano, fiscalía o servicio, se certificarán los siguientes datos, con indicación de la fecha desde que está pendiente su tramitación:
- Número de asuntos pendientes de resolución definitiva.
- Número de ejecutorias en trámite.
- Número de escritos, recursos, demandas, denuncias, querellas, atestados o partes facultativos pendientes de incoar o de proveer.
- Número de inscripciones pendientes de realizar y número de expedientes en trámite en los Registros Civiles con especial mención de los expedientes de matrimonio y juras de expedientes de nacionalidad.
- Número de informes pendientes de emitir en los Institutos de Medicina Legal, Instituto Nacional de Toxicología, Fiscalías, informes periciales o de los equipos psicosociales.
- Número de diligencias pendientes de practicar en los Servicios Comunes de Actos de Comunicación y Ejecución.
- Número de escritos pendientes de registro y reparto en los servicios comunes o en los decanatos.
Las medidas de refuerzo que se proponen a continuación irán destinadas, por su orden, a las jurisdicciones dentro de cada partido judicial que mayor retraso tengan acumulado, conforme a los datos de asuntos pendientes anteriormente mencionados.
Deben tener prioridad los órganos y servicios con competencia en las actuaciones que afectan a los colectivos más vulnerables (trabajadores públicos y privados, ciudadanía afectada por las crisis, mujeres o menores en riesgo, inmigrantes).2.- MEDIDAS DE REFUERZO
A) Personal de Refuerzo.Se propone el nombramiento de 600 jueces/as sustitutos/as y magistrados/as suplentes, más el número de fiscales sustitutos que sean necesarios
Estas plazas de refuerzo se proveerán de forma voluntaria con preferencia para el personal del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
Con cada juez/a sustituto/a o magistrado/a suplente se constituirá un equipo de refuerzo integrado, además, por 1 LAJ, 2 GPA, 4 TPA y 1 AJ.
Con cada Fiscal de refuerzo se nombrará 1 GPA, 1 TPA y 1 AJ.
Para los servicios comunes y registros civiles en los que la carga de asuntos pendientes así lo justifique se nombrarán equipos de refuerzo conformados por 1 LAJ, 1 GPA, 1 TPA y 1 AJ.
En los IML se nombrará el número suficiente de personal de refuerzo del Cuerpo de Médicos Forenses y 1 TPA por cada Médico Forense.
En los departamentos del INTyCF se nombrará el número necesario de personal de los Cuerpos de Facultativos, Técnicos Especialistas de Laboratorio y Auxiliares de Laboratorio, así como de los cuerpos generales.
Estas plazas de refuerzo se proveerán de forma voluntaria a través de comisiones de servicio por personal del mismo cuerpo o por personal del cuerpo de titulación inmediatamente inferior en régimen de sustitución, seleccionado con criterios objetivos y negociados.
Las plazas no cubiertas de forma voluntaria por este sistema y las que queden disponibles en las de origen del personal que acceda voluntariamente a estas sustituciones serán cubiertas por personal interino.
Se procederá además a la cobertura inmediata de todas las plazas vacantes del personal laboral y a la contratación de personal laboral eventual de refuerzo de las categorías profesionales de Psicología, Trabajo Social y Peritos donde la pendencia de informes pendientes de emisión así lo justifique, con un mínimo de un/a trabajador/a de estas categorías en cada provincia.
B) Funciones y competencia de los equipos y personal de refuerzo.
Los equipos y personal de refuerzo conocerán de los asuntos más atrasados conforme a los datos a que se refiere el punto 1 y los atenderán por riguroso orden de antigüedad en la fecha de incoación del procedimiento o de la fecha desde la que esté pendiente la práctica de la diligencia o la emisión del informe en los servicios no jurisdiccionales.
C) Actuaciones en el resto de centros de trabajo donde no se nombre personal de refuerzo. Prolongaciones de jornada.
En los órganos judiciales, fiscalías y servicios en los que no se incorpore personal de refuerzo pero mantengan una pendencia superior a la media nacional o superen los módulos de trabajo se establecerán para el personal de todos los cuerpos funcionariales prolongaciones de jornada voluntarias hasta 40 horas semanales en jornada de mañana y tarde y retribuidas conforme se acuerde a través de la negociación colectiva.
D) Duración de las medidas de refuerzo y prolongaciones de jornada
El nombramiento de equipos y personal de refuerzo y la asignación de prolongaciones de jornada se hará por plazo de seis meses prorrogables.
Finalizado el quinto mes de la medida de refuerzo o prolongación de jornada se elaborará nuevamente un informe de situación con el mismo contenido que el señalado en el punto 1 y, a la vista de sus resultados se prorrogará, en su caso, la medida o se asignarán los refuerzos y prolongaciones de jornada a otros órganos o servicios con mayor volumen de pendencia. De esta forma se actuará cada semestre.
E) Financiación de las medidas de refuerzo.
El Gobierno dotará al Ministerio de Justicia y a las CCAA con competencias transferidas del presupuesto suficiente para la adopción de este plan de actuación con cargo a los fondos que se están negociando en la Unión Europea para paliar la crisis del COVID-19.











