Cambio de Entidad Médica
Aunque la MUGEJU no ha publicado nota informativa al respecto, si nos atenemos a estos años pasados y a la información publicada en su web de forma permanente, indicaros que:
Los mutualistas y las mutualistas, cuando tramiten su alta en la Mutualidad General Judicial, pueden optar por recibir asistencia sanitaria a través de una entidad médica privada, que esté en el concierto, o de los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas o, en Ceuta y Melilla, a través del INGESA.
Pueden cambiar su opción de entidad prestadora de la asistencia sanitaria en los siguientes supuestos:
Los mutualistas y las mutualistas, cuando tramiten su alta en la Mutualidad General Judicial, pueden optar por recibir asistencia sanitaria a través de una entidad médica privada, que esté en el concierto, o de los Servicios Públicos de Salud de las Comunidades Autónomas o, en Ceuta y Melilla, a través del INGESA.
Pueden cambiar su opción de entidad prestadora de la asistencia sanitaria en los siguientes supuestos:
Cambio ordinario (Desde el 1 al 31 de enero de cada año)
Los mutualistas pueden realizar un cambio ordinario de entidad médica todos los años, durante el mes de enero, por una sola vez.
Para solicitar dicho cambio, deberán presentar el modelo de Solicitud de Cambio de Entidad Médica, marcando la casilla de CAMBIO ORDINARIO, dentro del plazo establecido.
Cambio extraordinario (Durante todo el año)
Cuando se produzca un cambio de destino del mutualista en activo, o de residencia del mutualista jubilado o del titular no mutualista, que implique, en todos los casos, un cambio de provincia.
Para este cambio, deberán presentar:
El modelo A-1 SOLICITUD PARA LA AFILIACION Y VARIACIÓN DE DATOS DE TITULARES
Los mutualista en activo deberán adjuntar la toma de posesión en el nuevo destino.
Cuando, por circunstancias excepcionales, el mutualista obtenga la conformidad expresa, por escrito, de las dos entidades afectadas.
Para solicitar este cambio, deberán presentar:
El modelo de Solicitud de Cambio de Entidad Médica, marcando la casilla de CAMBIO EXTRAORDINARIO y adjuntar los escritos de conformidad de las entidades afectadas.
En todo caso, los beneficiarios se adscribirán a la misma entidad médica por la que opte el titular de quien dependa su derecho.
Para información relacionada con las entidades médicas puede llamar a cualquiera de los teléfonos del Área de Asistencia Sanitaria o consultar, en Prestaciones.
En la página web de la Mugeju explican los pasos a seguir.
Se puede hacer el cambio ordinario de entidad médica de forma online