Madrid, 1 de abril de 2013
Los medios de comunicación se van haciendo eco de las reformas previstas en el Anteproyecto de Ley de Reforma Integral de los Registros, en virtud del cual se pretende la privatización del Registro Civil que sería asumido, si entre todos no conseguimos pararlo, por los Registradores de
Esta semana ha tocado el
turno a la tramitación de la nacionalidad. Junto al anuncio de que los
extranjeros que quieran nacionalizarse españoles tendrán que aprobar un examen,
que al parecer se convocará dos o tres veces al año, para acreditar su grado de
conocimiento de cultura, historia e idioma español al igual que se hace en
otros países, de tapadillo se anuncia que en el mismo borrador se recoge
también un nuevo procedimiento de concesión de la nacionalidad española por
razón de residencia con intervención del notario, un procedimiento que
incluye "cambios profundos" a la vista de las "disfunciones"
causadas por la anterior regulación y que llevó a "retrasos
incompatibles con el normal funcionamiento de los servicios públicos",
según consta en la exposición de motivos. De este modo, la acreditación de los
requisitos para la obtención de la nacionalidad se hará mediante un acta
notarial, en la que el notario dará fe de haberse presentado correctamente
todos los documentos y acreditados los requisitos. La nacionalidad española se
concederá por el Ministerio de Justicia, previo expediente tramitado por la Oficina del Registro Civil
competente, a cargo de un registrador de la propiedad.
Vayamos por partes: las
disfunciones del actual sistema y el retraso incompatible con el normal
funcionamiento de los servicios públicos son culpa principalmente del
Ministerio de Justicia y además de las Comunidades autónomas con competencias
en materia de Administración de Justicia. En el anteproyecto parece como si
la actual situación de la tramitación de los expedientes de nacionalidad no
tuviera nada que ver con el Ministerio de Justicia, cuando es al contrario. Los
datos: en el año 2002 había en España 1.977.000 ciudadanos extranjeros, y en el
año 2012 5.711.000, aumento de población extranjera que supone un incremento
significativo de la carga de trabajo en cuestiones como expedientes de
nacionalidad, expedientes de matrimonio e inscripciones de nacimiento
principalmente; durante estos años las plantillas de los Registros civiles
principales apenas se han aumentado, mientras que su trabajo prácticamente se
ha duplicado. En el año 2013 seguimos sin un programa de gestión
procesal para la tramitación de los expedientes de Registro Civil, común
para toda España, por lo que cada registro sigue tirando de los formularios
hechos por ellos mismos, o por las adaptaciones de los sistemas de gestión
procesal al registro civil que han hecho algunas comunidades autónomas. En
alguna ciudad como Zaragoza, para evitar las largas colas de extranjeros
pidiendo una cita previa para tramitar su expediente de nacionalidad, se ha implementado
por la administración un sistema de cita previa electrónica que pervierte
todavía más el sistema, al ser limitado el número de citas que ofrece y
sólo estar operativo unos pocos minutos a la semana por lo que la obtención de
dicha cita previa se convierte en un negocio para quienes las acaparan, además
de la imposibilidad material para muchos extranjeros de conseguir una cita para
tramitar su expediente de nacionalidad. El Ministerio de Justicia es quien
tiene que resolver los expedientes de nacionalidad, y allí es donde año tras
año se han ido atascando los expedientes de nacionalidad, hasta que en el
primer semestre del año 2012 y sin causa justificada alguna el Ministerio de
Justicia resolvió un 65 % de expedientes menos que en el semestre anterior,
lo que dio pie a que su máximo responsable, el Sr. Director General de los
Registros y del Notariado, a la sazón también Registrador de la Propiedad , propusiese a
su colectivo para desatascar el trabajo del Ministerio, y de paso lanzar su
propuesta de quedarse con todo el Registro Civil.
El Ministerio de Justicia, culpable y máximo
responsable de este desaguisado, ofrece como solución a este problema la
privatización del expediente de nacionalidad y que sean los Notarios quienes lo
realicen, repartiendo el pastel de la nacionalidad entre Registradores y
Notarios y pasando de la tramitación gratuita de los expedientes de
nacionalidad al pago por realizar muchos de sus trámites. Dirán los del
Ministerio que esto no es una privatización, porque los Notarios tienen la
condición de funcionarios públicos (como
los Registradores de la
Propiedad ), aunque nadie vea como funcionarios públicos a
quienes hacen de una función pública su negocio particular.
¿Cómo
prevé el Anteproyecto negociado por los Registradores con los Notarios que se
tramite el expediente de nacionalidad? El proceso se iniciaría con un modelo normalizado disponible en la Sede Electrónica
de los Registradores de la
Propiedad (posible pago). La acreditación de los
requisitos exigidos para la obtención de la nacionalidad española y la
presentación de los documentos exigidos, entre ellos la superación del examen
antes mencionado, se hará mediante un acta notarial (pago seguro al Notario
por esta tramitación ). Dicha acta, una vez finalizada su tramitación, se
remitirá telemáticamente a la
Oficina del Registro competente, que completará la
instrucción del procedimiento (posible pago)
solicitando preceptivamente informes de los órganos correspondientes del
Ministerio del Interior y del Ministerio de la Presidencia ; una vez
completado el expediente, el Registrador de la Propiedad encargado del
Registro Civil emitirá, en el plazo máximo de quince días, informe fundamentado
proponiendo la concesión o denegación de la nacionalidad española por residencia.
Dicho informe se elevará, junto con el expediente, al Ministerio de Justicia, a
través de la
Dirección General de los Registros y del Notariado. A la
vista de dicho informe, la
Dirección General de los Registros y del Notariado elaborará
la correspondiente propuesta de concesión o denegación de la nacionalidad
española para su elevación al Ministro de Justicia, quien resolverá, lo que se
comunicará al Registrador de la
Propiedad que tramitó el expediente, para su notificación al
interesado (posible pago).
Si la resolución es positiva, habrá que levantar
acta de juramento (por el Registrador de la
propiedad del domicilio del solicitante, a pagar) e inscribir el nacimiento
de la persona, si no nació en España, y en todo caso la adquisición de la
nacionalidad española (a pagar otra vez)
Si la adquisición es por opción de nacionalidad, la
declaración se hará ante notario (a pagar) el cual remitirá el acta al Registro que resulte competente para su calificación e
inscripción de nacimiento y adquisición de nacionalidad (a pagar de nuevo).
En resumen: el Ministerio de Justicia
pretende arreglar las disfunciones provocadas por el mismo en las tramitaciones
y resoluciones de los expedientes de nacionalidad privatizando su tramitación,
aumentando los trámites para su concesión y obligando a los ciudadanos
extranjeros al pago por muchos de estos trámites. De
esta forma transforma “los retrasos incompatibles con el
normal funcionamiento de los servicios públicos”, hasta ahora gratuito, en “los pagos y burocracia incompatibles con
el normal ejercicio del derecho fundamental de acceso a una nacionalidad”. Muchos
extranjeros no podrán pagar al Notario y al Registrador correspondiente, y por
tanto no podrán ser españoles, pese a cumplir todos los requisitos. Sr. Ruiz
Gallardón: el bombero torero lo haría mejor que usted.
Podéis ver la hoja informativa en este enlace.
Podéis ver la hoja informativa en este enlace.
¡¡¡DETENGAMOS LA
PRIVATIZACION DEL REGISTRO CIVIL!!!
¡¡¡POR UN SERVICIO PUBLICO DE REGISTRO CIVIL, SERVIDO POR PERSONAL FUNCIONARIO
DE LA ADMINISTRACIÓN
DE JUSTICIA!!!
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